jueves, 26 de julio de 2012

¿SILENCIO POSITIVO?

Una de las más flagrantes milongas del actual régimen político es su afán por vendernos que, a diferencia de lo que sucedía en el franquismo, donde los españoles éramos simples súbditos sin derechos de ninguna clase frente al Estado a los que la ley llamaba despectivamente “administrados”, ahora somos ciudadanos con mayúsculas y podemos relacionarnos en pie de igualdad con las Administraciones públicas haciendo valer nuestros derechos e intereses.

Seguramente la reforma legislativa más rimbombante en este sentido fue la que estableció en 1992 que el silencio administrativo debía interpretarse en sentido positivo. Frente a la tiranía de Franco, en la que este silencio tenía casi siempre carácter negativo, con las bondades de la democracia si alguien presenta una solicitud y la Administración de turno no resuelve expresamente en un determinado plazo, en teoría deberá entender estimada dicha solicitud. Ello aparentemente representa un avance en las garantías para el ciudadano y en el modus operandi de los órganos administrativos, potenciando su agilidad.

En concreto, la ley dice: “El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa legitima al interesado o interesados que hubieran deducido la solicitud para entenderla estimada por silencio administrativo”.

Sin embargo, como siempre sucede con cualquier derecho reconocido por un sistema demoliberal, es preciso leer cuidadosamente la letra pequeña para conocer con exactitud el alcance de la gracia concedida. Igual que con los bancos, donde cualquier contrato aparentemente ventajoso para el cliente oculta entre líneas alguna claúsula leonina y es imprescindible revisar con lupa hasta el último párrafo si uno no quiere ser víctima de una estafa legal, pasa con las pomposas libertades cacareadas por los parlamentillos de charanga y pandereta que rigen nuestros destinos: al final siempre hay algún truco, matiz o excepción que dejan el derecho en agua de borrajas, con la diferencia de que en este caso no cabe la escapatoria de no firmar.

El truco del silencio positivo es que la propia ley establece una serie de excepciones de tal calado que en la práctica es como si fuera negativo en casi todos los casos.

La primera excepción supone que la inactividad de la Administración “tendrá efecto desestimatorio en los procedimientos relativos al ejercicio del derecho de petición (…), aquellos cuya estimación tuviera como consecuencia que se transfirieran al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público, así como los procedimientos de impugnación de actos y disposiciones”. Es decir, que el silencio deberá interpretarse como negativo en cualquier asunto con una mínima relevancia para el interesado, como por ejemplo si recurre una resolución que le perjudica o pide un permiso o una licencia que afecte a cualquier espacio público. No me atrevo a calcular qué porcentaje de escritos presentados por ciudadanos en todas las Administraciones españolas quedarían englobados en estas excepciones, pero me temo que es muy alto, si es que no son la mayoría.

Pero por si acaso se colaba de rondón algún silencio positivo, la Ley establece una segunda excepción que es el remate final del sarcasmo de reconocer un derecho importante y después dejarlo vacío de contenido a base de artimañas leguleyas. Dice el artículo correspondiente que el silencio será positivo “excepto en los supuestos en los que una norma con rango de ley por razones imperiosas de interés general o una norma de Derecho comunitario establezcan lo contrario”. ¿Qué sucede en la práctica? Muy sencillo: que el Estado o las Comunidades Autónomas aprovechan esa mierdecilla de ley anual denominada “de Medidas” o “de Acompañamiento” para aprobar unas largas listas de procedimientos que quedan exceptuados de la regla general del silencio estimatorio. Cuando digo largas listas, me refiero a relaciones exhaustivas por materias o departamentos en las que no se deja ni un trámite en el tintero, hasta el punto de que, en mi experiencia, podría contar con la mitad de los dedos de una mano los casos de silencio positivo que me he encontrado. La última vuelta de tuerca es que como es preciso “justificar” la excepción legal “por razones imperiosas de interés general”, suele recurrirse al truco del almendruco de meter en la exposición de motivos de estas normas una fórmula vaga y genérica, del estilo a que “en los procedimientos relacionados a continuación concurren razones de interés general”, sin mayores explicaciones.

Las peores putadas para los ciudadanos se pergeñan en este chiringuito

En definitiva, que en materia de silencio administrativo estamos peor que en la dictadura, pero encima con el recochineo de ir presumiendo en todos los foros nacionales e internacionales de que en nuestro ordenamiento jurídico la omisión de resolución en plazo equivale a estimar la solicitud.

6 comentarios:

Aprendiz de brujo dijo...

Yo creo que tienes razón. El silencio administrativo es una milonga.Pero después te sale el guiño habitual recurrente de justificar lo injustificable en los defectos del sistema actual, que son evidentes.
Vamos a ver, bonito del norte:del común de la población nadie conoce el silencio administrativo y sus consecuencias, por lo tanto en la sociedad no ha caladao para nada la idea de avance democrático, de ciudadadnía...etc.
Y entre la gente del derecho a nadie le he escuchado reconocer este aspecto de nuestro ordenamiento, como un avance substancial en nuestros derechos como ciudadanos.Quizás en la exposición de motivos de la reforma, si acaso.
Que manía con ridiculizar a la sociedad actual, para justificar la ausencia, (total y orgullosa) de garantías y libertades de tiempos pasados.

Siempre la misma estructura dialéctica.Lo de antes es cojonudo, porque era inequivocamente claro,(sin aclarar si es bueno en si u horroroso; ).Lo de ahora lo deslegitimo,(y es el mal absoluto) por las costuras e imperfecciones, que siempre cuelan y se meten imparables como un virus mortal en la sociedad manipulable, inculta y a merced de quienes gobiernan.


Y así siempre..

Teutates dijo...

Éste quizá sea el más claro ejemplo de la enorme demagogia existente respecto a los supuestos valores democráticos. Yo personalmente prefiero que me digan las cosas claras para saber en todo momento a qué atenerme, en éste caso concreto prefiero la legislación franquista.
Por cierto, brillante exposición del tema, como diría nuestro antiguo profesor Luis María Delgado (profesor de procesal penal), "Esto lo ha explicado como si yo fuera tonto, ¿no ha pensado dedicarse a otra cosa? Me refiero a la docencia. Matrícula de Honor"

Al Neri dijo...

Usted, Aprendiz, como siempre tan injusto conmigo. No defiendo en este post épocas ni regímenes pasados ni justifico la ausencia de garantías y derechos; me limito a constatar que el cacareado silencio administrativo positivo no existe, o al menos no existe con mayor amplitud que en la Administración franquista que tanto se critica. No vea más, no se obsesione, descanse tranquilo, que no soy de Franco.

Teutates, sería absurdo reconocer el silencio positivo con carácter general, aunque quede precioso hacerlo. No tiene sentido que los retrasos de la Administración en resolver se conviertan automáticamente en reconocimientos de determinadas prerrogativas que podrían dañar el interés general. Esto lo sabe todo el mundo, hasta los que hicieron la ley nueva, pero no se resistieron a la tentación (tan propia de las democracias parlamentarias) de vender humo. Me parece una forma de legislar muy poco honesta.

Si se quiere que la Administración resuelva en plazo hay que azuzar de otra manera, exigiendo incluso responsabilidades a las autoridades y/o funcionarios, pero no a través de silencios positivos al buen tuntún (que como es inviable, por eso están las excepciones indicadas).

Isel dijo...

Curioso creer que entonces era mejor lo anterior, en una primera lectura, estaríamos mejor, aunque el paso sea pequeño.
Posiblemente el congreso sea una fábrica de putadillas como dice usted, pero también de otras cosas buenas y con tiempo y esfuerzo se debe pulir. Y en eso deberíamos gastar las fuerzas, no en sugerir que hacer lo que un dictador considere oportuno por la gracia de dios para garantizar los derechos de los de siempre.
El camino es largo, pero es mejor ir dando pasos. Guarde sus fuerzas para que esos pasos nos vaya dirigiendo a una mejor sociedad con el esfuerzo de todos, no para añorar algo que es injusto de por sí.

El chico de los tablones dijo...

¡Joder, qué bonito es el Derecho administrativo explicado por Al Neri! Publique alguna entrada sobre el organigrama de un Ministerio cualquiera (y los sinvergüenzas que lo componen), que ese tema se me atraganta ;-)

Espero que todos los plumíferos viperinos estéis pasando un buen verano, con o sin vacaciones.

Saludos.

Al Neri dijo...

Me alegro mucho de verle de nuevo por aquí, amigo Tablones. Muy pronto será usted quien nos dé lecciones de derecho administrativo.